15/05/2023 08:00:45

El Congreso de Diputados aprueba el Proyecto de Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario

La iniciativa continuará su tramitación en el Senado

El Pleno del Congreso de los Diputados aprueba el dictamen de comisión del Proyecto de Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, por 269 votos a favor, ningún voto en contra y 70 abstenciones.

La iniciativa legislativa continuará su tramitación parlamentaria en el Senado, y tiene por objeto "la prevención y reducción de las pérdidas y desperdicio de alimentos" por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria, estableciendo una jerarquía de prioridades de solución y dando respuesta "al objetivo sobre producción y consumo responsables de la Agenda 2030", según el comunicado oficial del Congreso.

También tiene como fines, entre otros, disminuir las pérdidas y el desperdicio de los alimentos "promoviendo la economía circular", y sensibilizar e informar a los agentes de producción, transformación, distribución, hostelería, restauración, personas consumidoras y ciudadanía en general. 

Tramitación al Senado

La aprobación en el Congreso llevará al Proyecto de Ley al Senado, donde se dispondrá de un plazo de dos meses para aprobar la norma en los mismos términos que el Congreso, oponer su veto o introducir enmiendas al texto, según regula el artículo 90 de la Constitución.

Si el Senado introdujese modificaciones al texto, éste debería volver al Congreso para que la Cámara Baja se pronunciara sobre las mismas. En caso de dar luz verde al texto aprobado por la Congreso, la ley estaría lista para su publicación en el BOE y entrada en vigor.

La Ley

El Proyecto de Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, conta de seis capítulos con diecinueve artículos. La principal función de la ley es la reducción de los residuos alimentarios y su objetivo es lograr una reducción del 50 por ciento de los residuos alimentarios per cápita en el plano de la venta minorista y del consumo, además de una reducción del 20 por ciento "de las pérdidas de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro para 2030, respecto a 2020", afirma el documento oficial del Congreso.

La normativa, además, se encuentra en consonancia con la Estrategia de la Granja a la Mesa, que tiene entre sus metas revisar la legislación referente a las fechas de duración mínima, caducidad y consumo, en colaboración con las instituciones europeas.

Contenido de la Ley

  • Definición de los agentes de la cadena alimentaria: Según el comunicado del Congreso, los agentes de la cadena alimentaria son los operadores pertenecientes al sector primario, incluyendo cooperativas y demás entidades asociativas, entidades o empresas de elaboración, fabricación o distribución de alimentos, comercios al por menor, empresas del sector de la hostelería o la restauración y otros proveedores de servicios alimentarios, de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios de distribución de alimentos donados, tales como los bancos de alimentos, y las administraciones.
     
  • Establecimiento de una jerarquía de prioridades de actuación en caso de generación de desperdicio alimentario por parte de los agentes, la cual consiste en primer lugar, la prevención mediante la donación de alimentos o su transformación, entre otras medidas; y en segundo lugar se procederá al reciclado para la producción de compost.
     
  • Especificación de “buenas prácticas” para minimizar las pérdidas y el desperdicio, incentivar la venta de productos de consumo preferente o caducidad próxima, etc.
     
  • Sensibilización y formación a los agentes de la cadena alimentaria y a la ciudadanía en general para fomentar la donación de alimentos garantizando la seguridad alimentaria, promover la recuperación de los excedentes alimentarios y favorecer la investigación e innovación en el ámbito de la prevención y reducción de las pérdidas y desperdicio alimentario.  
     
  • Nuevas obligaciones para las administraciones públicas para la creación de nuevos negocios, para la colaboración, para la facilitación de prevención de excedentes alimentarios o para la coordinación de iniciativas legislativas, entre otras.
     
  • Obligación en la publicación de datos: El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se encargará de medir y analizar el desperdicio alimentario, y deberá publicar "al menos" una vez al año los datos de medición del desperdicio y, además, "fomentará la colaboración" entre los agentes para cumplir los objetivos previstos.
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