En el acuerdo, dado a conocer por el sindicato CSI-F, Hacienda también reconoce que los criterios serían trasladables al Estatuto de los Trabajadores por lo que, además de los empleados públicos, el conjunto de los trabajadores podría beneficiarse en un futuro de este "acuerdo histórico" que, a juicio del sindicato, marca "un antes y un después en el ámbito de la igualdad de género y en el derecho administrativo".
Según recoge Europa Press, el acuerdo, firmado el pasado 19 de julio en el ámbito de la Comisión Superior de Personal, establece los criterios para interpretar el Estatuto Básico del Empleado Público cuando los hombres reclamen la aplicación de este derecho. Así, se establece que el permiso de lactancia "puede ser ejercido indistintamente por el funcionario o la funcionaria" aunque, no obstante, especifica que "sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en el caso de que ambos trabajen". Además, señala que el permiso de lactancia "es único para cada hijo y solo uno de los progenitores puede disfrutar de la totalidad del permiso, sin que quepa su disfrute simultáneo o compartido".
Asimismo, indica que el permiso de lactancia es "un tiempo de cuidado destinado a la alimentación y cuidado del menor que se podrá disfrutar únicamente a partir de la finalización del permiso por parto, o una vez que, desde el nacimiento del menor, haya transcurrido un tiempo equivalente al que comprende el permiso por parto". También explica que el permiso de lactancia "podrá disfrutarse, en los términos y con la duración máxima prevista en el citado precepto, bien como una reducción diaria de la jornada, bien como un permiso que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente".
En el caso en que se acumule en jornadas completas, prosigue el texto, el permiso resultante tendrá siempre la misma duración máxima con independencia de que sea disfrutado por el funcionario o la funcionaria. Excepcionalmente, atendiendo a circunstancias debidamente acreditadas de necesidades del cuidado del menor, se podrá conceder dicho permiso en un momento posterior a la finalización del permiso por parto, únicamente por el tiempo que reste hasta el cumplimiento de los doce meses de vida del menor, según concluye el acuerdo.
Antecedentes legales
El pasado mes de febrero, CSI-F logró puntualmente que se diera la razón a un funcionario de prisiones (A.M.R.S) en la cárcel de Herrera de la Mancha, padre reciente de mellizos, al que inicialmente se le denegó su derecho al permiso de lactancia.
También se cita unn dictamen del Tribunal Constitucional de 2011, que ampara "el derecho del padre, trabajador por cuenta ajena, al disfrute del permiso de lactancia, siempre que su esposa desempeñe una actividad profesional". Y otra del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2010, que establece que el hecho de denegar el disfrute del permiso porque la madre no sea trabajadora por cuenta ajena, sino por cuenta propia, "supone una limitación de su actividad profesional", además de que implica que la mujer "ha de soportar sola la carga derivada del nacimiento de su hijo, sin poder recibir la ayuda del padre del niño".
A juicio de CSI-F, la lactancia debe considerarse como un tiempo de cuidado en favor del hijo y, por lo tanto, una medida conciliadora de la vida familiar y laboral, por lo que se felicita de que el Ministerio de Hacienda haya sido receptivo ante esta "justa reivindicación".