Las compañías con riesgos potenciales de contaminar o que hayan sido protagonistas de algún desastre ecológico mesurable tendrán que pagar por el agravio cometido, la restauración del habitat dañado y su posterior conservación hasta que la autoridad competente determine si el espacio natural en cuestión se ha restablecido por completo. En casos irrecuperables, la empresa pagará el mismo proceso pero en otro lugar.
La normativa será férrea con las empresas de riesgo: aquellas que vierten aguas, emiten gases, trabajan con productos contaminantes y las que gestionan residuos. En estos casos, se considerará responsables de contaminación a aquellas empresas que, infringiendo explícitamente o no la ley, sean fuente de alguna contaminación demostrable. Las empresas que no forman parte de los sectores de riesgo, serán sancionadas si causan daños en espacios protegidos por la Unión Europea.