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57 tados de la empresa vienen afectados por los factores de Sostenibilidad y los riesgos medioambientales, sociales y de gobernanza (materialidad financiera). En este sentido, Francisco Javier Garayoa, Spainsif, añade: “Me gustaría destacar los de divulgación de la política medioambiental (emisiones alcance 3), tratamiento del personal, derechos humanos, doble materialidad, análisis retrospectivos y prospectivos, entre otros. Se trata de incorporar una información más amplia y concreta, ligada al requerimiento de la normativa que desarrolla el plan de finanzas sostenibles (taxonomía, label, información de los intermediarios financieros en materia de sostenibilidad SFDR, etc.). A este respecto, hay que destacar la conexión existente entre la CSRD y el Reglamento sobre divulgación de información financiera sostenible (SFDR), para los intermediarios financieros, propiciando la conexión con el inversor sostenible”. Ámbito de aplicación La Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa aplicará a las pymes cotizadas en los informes publicados en 2027 con referencia al año fiscal 2026. En el caso de las entidades de interés público con más de 500 reporting La nueva Directiva se encamina hacia una mayor transparencia y comparabilidad de los datos Por su par te, la directora general de DIRSE, MIwi Clavera, pone el foco en la calidad de los datos. “Todos los caminos se dirigen hacia esa comparabilidad porque, al estandarizar la información que se repor ta, vamos a poder tener la misma información de todas las empresas, pero no se hace mención sobre cómo se deben calcular los datos y esto está relacionado con la calidad del dato y cómo se audita. Caminamos hacia un aseguramiento de la información de delimitada a razonable. Sin duda, es uno de los grandes desafíos a los que nos vamos a enfrentar”. En cuanto al número de cuestiones a repor tar por las empresas, este es superior a las exigidas por la NFRD y versarán sobre medio ambiente, temas sociales y gobernanza. En este sentido, la Unión Europea ha encargado al La UE ha encargado al European Financial Repor ting Advisory Group (EFRAG) el desarrollo de unos estándares cuya adopción será obligatoria y que tendrán en consideración otras iniciativas internacionales de normalización y se adaptarán a las políticas de la Unión. Estos estándares serán revisados, al menos, cada tres años desde su aplicación. “En estos estándares se especificará la información que las empresas deben presentar y cuando sea relevante, se indicará la estructura para comunicarla. Requerirán que la información sea comprensible, relevante, representativa, verificable y comparable”, explica en un ar tículo la profesora de la Universidad de Sevilla e investigadora de la Cátedra de Responsabilidad Social de la Universidad de Sevilla, María del Mar Miras Rodríguez. Para ello, se introduce un enfoque de doble materialidad en el repor te de Sostenibilidad. La doble materialidad implica que las empresas presenten información sobre la manera en que su modelo de negocio impacta en el medio ambiente, derechos humanos y sociedad (materialidad de impacto); y también sobre cómo la actividad y resulALBERTO CASTILLA, socio del Área de Sostenibilidad de EY España “Las empresas españolas tendrán que adaptarse, pero no partirán de una hoja en blanco como el resto de los países europeos”

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