reporting 55 El objetivo de la Directiva CSRD es conseguir progresivamente que la información sobre Sostenibilidad tenga un grado de comparación y fiabilidad equiparable a la de la información financiera, así como dar respuesta a la demanda creciente de los inversores e interesados en estar informados respecto de cuestiones relativas a Sostenibilidad empresarial (ya sean medioambientales, sociales y de buen gobierno), tanto en los resultados presentes como futuros de la empresa. Después del acuerdo político alcanzado entre el Consejo y el Parlamento Europeo para que la Directiva CSRD fuera una realidad, el ministro de Economía, Hacienda y Soberanía Industrial y Digital, Bruno le Maire, aseguró que “este acuerdo es una excelente noticia para todos los consumidores europeos. Ahora estarán mejor informados de los efectos que tienen las empresas en los derechos humanos y en el medio ambiente. Por lo tanto, habrá más transparencia para los ciudadanos, para los consumidores y para los inversores, y también más legibilidad y sencillez en la información que apor tan las empresas. Las empresas deben par ticipar plenamente en la sociedad. El blanqueo ecológico ha llegado a su fin. Con este texto, Europa se sitúa a la cabeza de la carrera normativa internacional, estableciendo estándares elevados acordes con nuestras ambiciones medioambientales y sociales”. Apuesta por información más detallada El principal objetivo de la nueva Directiva es garantizar que las grandes empresas estén obligadas a informar sobre aspectos ambientales, sociales, de derechos humanos y los factores de gobernanza en sus actividades, incluyendo el requisito de verificación para los informes de Sostenibilidad. De este modo, la aplicación de la nueva regulación fomentará que los usuarios de la información económica de las empresas dispongan de una visión más completa e integrada de la información financiera y no financiera. Las 50.000 empresas afectadas con negocios en Europa van a ir progresando hacia la equiparación de la actual información financiera con la requerida información no financiera, donde el reporting juega un papel fundamental El Reglamento se aplicará en tres fases: 1 de enero de 2024 para las empresas ya sujetas a la Directiva sobre divulgación de información no financiera. 1 de enero de 2025 para las grandes empresas no sujetas en la actualidad a la Directiva sobre divulgación de información no financiera. 1 de enero de 2026 para las pymes que cotizan, así como para las entidades de crédito pequeñas y no complejas y para las empresas de seguros cautivas. ¿Cuándo se aplican las normas? ofreciendo transparencia, estandarización y compromisos medibles y creíbles. En opinión de la socia líder de la práctica de Cambio Climático y Sostenibilidad de Deloitte España, Concha Iglesias, “esta Directiva marca el nuevo estándar de reporting en materia de Sostenibilidad a nivel europeo, posicionándose como referente a nivel mundial. El documento incluye una serie de requerimientos nuevos a los que se deben adaptar las empresas, transformando sus divulgaciones a los nuevos criterios establecidos. El objetivo regulatorio es establecer una línea de base coherente a nivel mundial, con datos relevantes y fiables, integrando la Sostenibilidad en los modelos de negocio de la empresa, incluyendo incentivos y sanciones, con la par ticipación de los grupos de interés, que requerirán esfuerzos estratégicos para impulsar la implementación coordinada entre sectores e industrias y a lo largo de las cadenas de suministro impulsando la transición hacia un modelo económico sostenible”. Con la mirada puesta en España, el director general de Spainsif, Francisco Javier Garayoa, augura que “implicará una modificación sustancial sobre el Estado de Información no Financiera (EINF) vigente para el ejercicio 2022 en España, con nuevos contenidos a incorporar en el futuro informe de sostenibilidad, según la CSRD, que amplía el alcance del vigente NFDR en su trasposición del 2018, tanto en cuanto a los contenidos ASG como a quienes han de informar”. En este sentido, la directora general de la Asociación Española de Directivos de Sostenibilidad [ASG] - DIRSE, Miwi Clavera, opina que “En estos momentos, nos encontramos en el plazo de 18 meses que los Estados Miembro tienen para transponer la Directiva europea a su ordenamiento jurídico nacional. Si bien es cier to que la CSRD viene a modificar y sustituir la Directiva sobre Divulgación de Información no Financiera (NFRD, por sus siglas en inglés), que aún está en vigor, España fue de los países europeos más avanzados en su transposición, pues amplió el número de empresas a las que afectaba e incluía la figura de la verificación. Dicho esto, ahora la transposición de la Directiva CSDR está en discusión y desconocemos si van a querer hacerla más ambiciosa, como se hizo en la anterior, o bien optarán por una transposición más conservadora”. Los países europeos tienen 18 meses para realizar la transposición de la CSRD a sus legislaciones nacionales Eva Galli
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