OPINIÓN

RSC y ODS, en perfecto alineamiento

José Luis Lizcano,

director gerente de AECA

José Luis Lizcano

Para los que llevamos más de dos décadas estudiando y aplicando la Responsabilidad Social Corporativa (RSC), la situación actual en la materia es la que habíamos vaticinado algunos desde aquellos orígenes: un concepto de empresa que mira por que todas las personas y grupos de interés involucrados en su acción se encuentren bien, obteniendo valor económico y emocional, no puede sino triunfar y extenderse de manera natural.

Frente a aquellos que pronosticaban que la RSC sería algo pasajero, una moda más o una tendencia consultora efímera, nos encontrábamos los que opinábamos de otra manera y veíamos la RSC como una potente palanca, con sólidos fundamentos, para arraigar y hacer más fuertes y solventes a las empresas, en perfecta simbiosis con la sociedad y su entorno natural. La definitiva penetración de la RSC en la vida de las empresas se produce desde el mo- mento en el que los consejos de administración la incorporan a su gobierno y estrategia al más alto nivel organizativo. Antes, los departamentos encargados del reporting habían introducido las nuevas necesidades de transparencia y buenas prácticas sobre aspectos medioambientales y sociales, imprescindibles para cumplir con los requisitos de influyentes analistas, los famosos índices de sostenibilidad, y de los poderosos inversores institucionales.

En la actualidad, podemos decir que las empresas más importantes, a escala nacional e internacional, presumen de Responsabilidad Social Corporativa para atraer la atención de inversores, clientes, analistas, empleados y gobiernos, sobre la base de un valor añadido perfectamente contrastable, lejos del mero humo publicitario con el que en un principio algunos asociaron el fenómeno de la RSC.
Como no podía ser de otra manera, esta realidad que viene madurando desde hace dos décadas, se ha traducido recientemente en el desarrollo de un marco normativo legal que intenta introducir definitivamente este concepto de empresa como algo necesario para el progreso social. En Europa, la Directiva Comunitaria sobre la obligatoriedad de determinadas empresas de interés público para elaborar un Estado No Financiero sobre aspectos sociales y medioambientales, y en España mediante la trasposición de dicha Directiva por medio de la Ley 11/2018 sobre Información No Financiera, son los primeros pasos dados en la dirección de concienciar a las empresas de la importancia de buscar unos resultados, no solo económicos y financieros, sino también y tan importante como estos, unos resultados de dimensiones social, ambiental y de gobierno corporativo.

Finalmente, destacar también, el alinea- miento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con el papel de las empresas socialmente responsables y del propio concepto de la RSC, como potentes palancas para el cumplimiento de aquellos. Si Naciones Uni- das y los gobiernos ponen especial énfasis en la importancia que la acción de las empresas tiene para alcanzar los ODS, no deben olvidar tampoco que esto podrá conseguirse automáticamente y de manera natural gracias a unas empresas socialmente responsables