Cualquier modificación del régimen legal de los desahucios, que el CERMI considera urgente e imprescindible, ha de tomar en consideración la singular situación de las personas con discapacidad o de las familias en las que estas se integran, para ofrecerles en todo caso una especial protección frente a los efectos adversos de los procesos de desahucio de viviendas y alojamientos.
Esta posición reforzada, justificada en la mayor precariedad de las personas con discapacidad y sus familias, debe comprender no solo las situaciones individuales (viviendas unipersonales o unifamiliares), sino que ha de abarcar y extenderse también a los casos de viviendas o alojamientos colectivos de personas con discapacidad, tales como pisos de apoyo o para la vida independiente, de los que son titulares organizaciones sin ánimo de lucro del tercer sector de la discapacidad.
El CERMI ultima un documento de posición con propuestas articuladas sobre esta cuestión que hará llegar a los grupos parlamentarios para que sean analizadas y tomadas en consideración en la reforma que finalmente se lleve a cabo.