Además de aportar la infraestructura necesaria para la puesta en marcha de esta iniciativa solidaria, Eroski y Caja Laboral realizan una aportación monetaria adicional a los recursos de Cáritas Bizkaia para este proyecto.
Al objetivo principal de proporcionar acceso a productos de consumo básico a familias atendidas por Cáritas Bizkaia que no disponen de recursos suficientes, con este proyecto se busca normalizar ese acceso a las necesidades básicas desde claves no meramente asistenciales, sino integradoras y enmarcadas en procesos más amplios de incorporación social de las personas en situación o riesgo de exclusión.
'Vales de Alimentación'
La entrega y el control de los 'Vales de Alimentación' siguen un proceso en el que colaboran las partes implicadas. Por un lado, Cáritas Bizkaia realizará la recogida de información sobre la situación de la persona o familia que solicita una ayuda en sus acogidas para determinar si cumple los requisitos establecidos. Una vez recogidas las solicitudes y concedidas a las personas beneficiarias por los equipos de voluntariado de las acogidas, una trabajadora social se encargará de acompañar todo el proceso para comprobar el correcto funcionamiento de la iniciativa. Eroski, por su parte, además de hacer una aportación económica al proyecto, proveerá sus sistemas informáticos que permitan que solo sean canjeables por el vale productos de alimentación e higiene de primera necesidad.
Los 'vales de alimentación' son nominativos, tienen un valor de 30 y de 50 euros cada uno, tendrán una caducidad de 1 año y estarán sellados por Cáritas Bizkaia. Las ayudas por familia serán –dependiendo del número de miembros de la misma y sus circunstancias- de 50 a 130 euros mensuales, durante un máximo de tres meses, prorrogables solo en casos excepcionales. Será Cáritas Bizkaia –a través de sus acogidas- quien valore la situación de cada familia para determinar si cumple los requisitos y –en caso afirmativo- la cuantía de la ayuda. Los vales deberán ser canjeados únicamente por productos de primera necesidad del ámbito alimenticio, por tanto, quedarán excluidos productos como bebidas alcohólicas, bebidas energéticas, refrescos, golosinas, aperitivos, ‘snacks’, productos de cosmética…